1. En todo vehículo cuyo peso total permitido no excederá los 5,000 Kg.
  2. En vehículo de inválido en cuya licencia de vehículo se lo anotó como vehículo medicinal especial cuyo peso total permitido es hasta los 4,000 Kg.
  3. En vehículo de inválido en cuya licencia de vehículo se lo anotó como vehículo medicinal especial cuyo peso total permitido no excederá los 2,500 Kg.
  4. En todo vehículo medicinal especial sin limite de peso total permitido.