1. 4 meses, a menos que su titular pase los análisis y exámenes según lo ordene la autoridad de registro.
  2. Un año, a menos que su titular pase los análisis y exámenes según lo ordene la autoridad de registro.
  3. 9 meses, a menos que su titular pase los análisis y exámenes según lo ordene la autoridad de registro.
  4. 6 meses, a menos que su titular pase los análisis y exámenes según lo ordene la autoridad de registro.